Artículo 60: ”El marido es el representante de su mujer"
Artículo 61: ”Tampoco puede la mujer, sin licencia o poder de su marido, adquirir por título oneroso ni lucrativo, enajenar sus bienes, ni obligarse, sino en los casos y con las limitaciones establecidas por la Ley"
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www.eldiario.es/politica/ult...
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La prueba internacional de la OCDE sobre competencias de la población entre 16 y 65 años nos coloca por debajo de la media de la UE www.eldiario.es/sociedad/tre...
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