Pero, hasta entonces, ojito a aquellos a los que les dan un carguito, porque con sentencia en firme ellos pueden ir pa'lante por delitos que no han cometido.
Pero, hasta entonces, ojito a aquellos a los que les dan un carguito, porque con sentencia en firme ellos pueden ir pa'lante por delitos que no han cometido.
¿Sin indicios concatenados y coincidentes en una única e indubitada dirección que señale claramente una inducción lógica de culpabilidad de una persona?. Si, sin indicios que no cumplan esa categoría.
Te la cargas tú.
¿Porque sí?. Sí, porque patatas. Tú. Pa'lante.👇
¿Sin indicios concatenados y coincidentes en una única e indubitada dirección que señale claramente una inducción lógica de culpabilidad de una persona?. Si, sin indicios que no cumplan esa categoría.
Te la cargas tú.
¿Porque sí?. Sí, porque patatas. Tú. Pa'lante.👇
Todos tenemos sesgos. Incluso yo.
Pero cuando te pones la toga los dejas fuera de la sala y sólo debe prevalecer el imperio de la ley. Dura lex, sed lex.
La ley es la ley.
Estos señores se han pasado la ley por el forro.
Todos tenemos sesgos. Incluso yo.
Pero cuando te pones la toga los dejas fuera de la sala y sólo debe prevalecer el imperio de la ley. Dura lex, sed lex.
La ley es la ley.
Estos señores se han pasado la ley por el forro.
¿En base a qué?.
A pruebas: no, porque no las hay. A indicios: tampoco (reconoces que no vale).
¿En base a qué?.
A pruebas: no, porque no las hay. A indicios: tampoco (reconoces que no vale).
A.- Sudan de la testifical de los periodistas.
B.- Creen a la testifical de la FJ de la CCAA de Madrid. Palabra de ella contra palabra de él.
C.- La nota de prensa que al inicio del procedimiento no era delictiva, ahora lo es.
A.- Sudan de la testifical de los periodistas.
B.- Creen a la testifical de la FJ de la CCAA de Madrid. Palabra de ella contra palabra de él.
C.- La nota de prensa que al inicio del procedimiento no era delictiva, ahora lo es.
Si hay alguna mera posibilidad de la prueba indiciaria se disperse...in dubio pro reo.
Si hay alguna mera posibilidad de la prueba indiciaria se disperse...in dubio pro reo.
No se condena bajo conjeturas, que es lo que subrepticiamente indica la sentencia. Las conjeturas ("alguien de su entorno") no son indicios.👇
No se condena bajo conjeturas, que es lo que subrepticiamente indica la sentencia. Las conjeturas ("alguien de su entorno") no son indicios.👇
En casos penales, los indicios han de ser concluyentes para condenar al acusado de manera que no quepa duda de su culpabilidad.
Los "tuvo que ser" o "alguien de su entorno" no valen.
En casos penales, los indicios han de ser concluyentes para condenar al acusado de manera que no quepa duda de su culpabilidad.
Los "tuvo que ser" o "alguien de su entorno" no valen.
Si esto no cae en el Constitucional por vulneración de derechos fundamentales, va a caer en el TJUE de forma estrepitosa, eso sí, después de varios largos años en donde el daño ya ha sido hecho.
Si esto no cae en el Constitucional por vulneración de derechos fundamentales, va a caer en el TJUE de forma estrepitosa, eso sí, después de varios largos años en donde el daño ya ha sido hecho.