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If you won't let us dream, we won't let you sleep. Edgedancer Strength before weakness Trans rights are human rights #TeamSilla He/him
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El TS en plan "Como evitamos darle una patada a la presunción de inocencia? YA LO SÉ! DÁNDOLE DOS!"
a couple of robots are flying through the air while fighting each other .
ALT: a couple of robots are flying through the air while fighting each other .
media.tenor.com
December 9, 2025 at 1:27 PM
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Ojo cuidao, que tampoco tenemos a mano al filtrador para que acredite que lo hizo siguiendo instrucciones de Ortíz
December 9, 2025 at 1:25 PM
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Principio de tipicidad, principio de responsabilidad subjetiva y no objetiva, presunción de inocencia, seguridad jurídica, objeto del proceso... son muchas patadas.
December 9, 2025 at 8:03 PM
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Pero seguid usando ChatGPT para preguntarle hasta cómo defecar porque sois unos vagos y haced fotos de mierda mediante robo contaminando el planeta
December 9, 2025 at 8:04 PM
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Con todo eso, como le he leído a varios expertos (yo no lo soy) tiene pinta de que el TC anularía esta sentencia… pero repito, el daño ya está hecho. A la imagen de la justicia, a la justicia, al FGE, a la institución… a la democracia.
December 9, 2025 at 1:10 PM
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Y para terminar, el tribunal (entiendo yo) reconoce que no sabe si fue él o alguien de su entorno… y aun así lo condena a él bajo esa premisa.
December 9, 2025 at 1:10 PM
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La Sala hace algo que para mí es jurídicamente es muy discutible: Usa la intervención de García Ortiz en la nota de prensa (que no es delito) como argumento para reforzar la idea de que también participó en la filtración.
December 9, 2025 at 1:10 PM
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Por otro lado creo que mezclar dos hechos distintos para crear un “rastro de culpabilidad” es jurídicamente muy problemático. A) La filtración del correo, no se probó. B) La nota de prensa oficial de la Fiscalía (que desmiente un bulo público y publicado).
December 9, 2025 at 1:10 PM
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Aun así, el tribunal afirma que: “Fue él, o alguien de su entorno con su conocimiento.” Eso para una condena administrativa o disciplinaria creo que podría valer, pero para una condena penal, el estándar es o debería ser mucho más alto.
December 9, 2025 at 1:10 PM
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No se acredita quién filtró el correo. Reconoce que los periodistas negaron haber recibido nada de él. No hay metadatos, registros de envío, testigos, capturas, correos, mensajes, etc. Y el borrado del móvil no se probó que fuera doloso.
December 9, 2025 at 1:10 PM
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Y lo del razonamiento es para que el profe de procesal y el de penal le hagan un suspenso no levantable en 4 convocatorias. Eso de "queda acreditado que filtró el FGE O ALGUIEN DE SU ENTORNO" y que por eso se condena, me cago en toda mi estampa. Es que ni "con conocimiento de este", como dicen.
December 9, 2025 at 7:45 PM
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Si el FGE sabe que alguien de su entorno ha hecho algo, una de dos, has de acreditar quien es o de donde viene, porque se sabe que cientos de personas tenían acceso, y en todo caso, tienes que cagarte en la puta estampa de quien hizo esa instrucción por no haber acreditado ni investigado esa cadena
December 9, 2025 at 7:48 PM
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Interesante también la parte de la sentencia donde dice que el fiscal o algún otro filtró... vamos... que lo han condenado sin que se pruebe nada.
December 9, 2025 at 8:07 PM